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Información en ingles sobre .CO Internet SAS, la empresa responsable de la administración del dominio .CO. cointernet.coGo.Co
Conozca más sobre nuestra .COmunidad y sobre como otros están usando .CO para construir el Internet del futuro. De acuerdo a la polÃtica de administración de los dominios .CO, como etapa inicial del Plan de Ofrecimiento Gradual quienes hayan registrado un dominio .CO en o antes de Julio 30 de 2008, tendrán prioridad para registrar el dominio equivalente en el segundo nivel. Es decir, si el dominio ejemplo.com.co fue aprobado en o antes de la fecha de corte citada y se encuentra activo al momento de solicitar el apadrinamiento, el titular podrá registrar el dominio ejemplo.co. Es muy importante tener presente que el acceso al registro haciendo uso de esta prioridad, solo será posible entre el 1 y el 31 de marzo 2010.
El proceso de apadrinamiento brinda a las personas naturales o jurÃdicas, con nombres de dominio de tercer nivel, la oportunidad de registrar directamente el dominio equivalente en el segundo nivel antes que cualquier otro solicitante. Para ser elegible:
[1] Los dominios en extensiones restringidas gov.co y mil.co, no son elegibles para el apadrinamiento y su registro estará sujeto a un proceso especial de conformidad a lo expresado en la polÃtica, para el registro de los dominios restringidos.
Entre el primer y tercer dia de marzo 2010 se hará entrega por correo electrónico a todos los titulares de dominios de tercer nivel <ejemplo.com.co>, elegibles, un código especial que permite ejercer el derecho preferente de registro en el segundo nivel.
Con ese código, a través del registrador acreditado que escoja para realizar el registro, se podrá solicitar el dominio de segundo nivel correspondiente <ejemplo.co>. El código lo identifica a usted como titular del dominio y unicamente tendrá validez durante el mes de marzo. Por lo tanto recomendamos empezar el proceso lo antes posible para evitar cualquier contratiempo.
Si usted está interesado en registrar su dominio en el segundo nivel, estos son los pasos que debe seguir:
Consideraciones:
Finalmente, tenga en cuenta que tendrá plazo hasta el 31 de marzo para realizar el proceso de Apadrinamiento y completar el proceso de registro de su dominio. Después de esa fecha perderá la opción preferente para realizar el registro de su dominio del tercer nivel por uno en el segundo nivel.
Su dominio es elegible para el proceso de apadrinamiento si entre el primer y tercer dia de marzo 2010 recibió un correo de .CO Internet SAS con el código de autorización para realizar el apadrinamiento.
Si no recibió el correo y considera que su dominio es elegible, por favor haga una consulta WHOIS para verificar la “Fecha de Registro del Dominioâ€. Si la fecha de registro del dominio es posterior a julio 30, 2008, su dominio no es elegible. Si la fecha es en o antes de julio 30, 2008, su dominio es elegible y debió recibir el código de autorización al “Correo electrónico de contacto administrativo†que aparece en el sistema WHOIS.
Si no ha recibido su código, lo puede solicitar al correo apadrinamiento@cointernet.com.co, y lo enviaremos al correo electrónico del contacto administrativo existente.
En caso de no tener acceso al correo electrónico del Contacto Administrativo que aparece en la herramienta WHOIS, por favor entre en contacto con soporte al correo apadrinamiento@cointernet.com.co.
.CO Internet no podrá gestionar directamente el registro de su dominio durante el apadrinamiento. De acuerdo a la nueva polÃtica de administración, todos los registros deben hacerse a través de los registradores acreditados (comercializadores).
Los registradores son empresas que están autorizadas para ofrecerle a los clientes interesados el servicio de registro de los dominios .CO a precios competitivos o como parte de un paquete de servicios.
Tenga en cuanta que algunos registradores comienzan a recibir solicitudes de apadrinamiento a partir de Marzo 1, 2010, y otros a partir de Marzo 15, 2010. En la lista encontrará los registradores activos en este momento.
El precio depende de cada registrador (comercializador) y del paquete de servicios que este ofrezca al usuario; sin embargo, cabe anotar que el precio al por mayor que cobra .CO Internet a sus registradores guarda relación con el precio de dominios similares en el mercado internacional.
Tenga en cuenta que durante el proceso de Apadrinamiento el tiempo de registro mÃnimo es de 2 años y el máximo es de 5 años.
Algunos registradores comienzan a recibir solicitudes de apadrinamiento a partir de marzo 1, 2010, y otros a partir de marzo 15, 2010. En la lista encontrará los registradores activos en este momento.
Las polÃticas de registro son iguales para los dos tipos de dominios. Cualquier persona o empresa podrá solicitar el registro de los dominios de tercer nivel <www.ejemplo.com.co> y de segundo nivel <www.ejemplo.co>.
Sin embargo, los dominios existentes de tercer nivel son ideales para hacer notar intereses o relaciones con Colombia. El nuevo dominio de segundo nivel es ideal para hacer notar intereses globales.
Si usted considera que para su estrategia en lÃnea es importante hacer uso de un dominio más corto, que indica una presencia global, recomendamos registrar el dominio de segundo nivel. Durante el mes de marzo aproveche el derecho preferente que le otorga la polÃtica de administración ya definida.
Por ejemplo, para mercadear nuestra empresa de manera más efectiva, .CO Internet SAS usa los dos dominios: Nuestra página web Colombiana en COinternet.com.co,– y nuestra página web internacional en COinternet.co.
En ningún momento. Los dominios existentes continuarán funcionado igual que siempre.
Si. En el sistema de dominios se entiende que los registros de dominios de tercer y segundo nivel son completamente distintos. A partir del 1 de Abril de 2010 el dominio quedará disponible para cualquier interesado.
Uste puede registrar el dominio de segundo nivel y no hacer uso de el. Sin embargo, si por algún motivo decide cambiar completamente al dominio de segundo nivel, tendrá que actualizar sus correos y los sistemas de su página web.
Para el caso de dominios elegibles para el Apadrinamiento, el “Código de Autorización†o “Authorization Code†es un código especial que permite ejercer el derecho preferente de registro en el segundo nivel.
Con ese código, a través del registrador acreditado que escoja para realizar el registro se solicita el dominio de segundo nivel correspondiente <www.ejemplo.co>. El código lo identifica a usted como titular del dominio y únicamente tendrá validez durante el mes de marzo 2010.
En caso de que se presenten dos o más nombres de dominio idénticos (es decir, ejemplo.net.co y ejemplo.com.co) que cumplan con todos los criterios establecidos para el apadrinamiento, sólo se considerará elegible al nombre de dominio de tercer nivel que cuente con la fecha de registro más antigua.
El contacto administrativo del dominio elegible será quien recibe el correo electrónico con el código de autorización.