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Términos y Condiciones para el Programa de Fundadores .CO

.CO Internet S.A.S. (“.CO Internetâ€) es el Administrador del Dominio de Nivel Superior .CO (“Administradorâ€). El Programa de Fundadores .CO es una iniciativa diseñada para atraer pioneros, conocidos como “.CO Fundadoresâ€, para que desarrollen y gestionen proactivamente sus dominios con extensión .CO antes de su lanzamiento al público en general en julio del presente año (el “Programaâ€). Todos los aspectos relacionados con el Programa se rigen por los Términos y Condiciones (tal y como se definen a continuación).

1. DEFINICIONES

1.1.     “Contrato del Programaâ€: el contrato proporcionado por el Administrador a los Solicitantes que han obtenido su aprobación, el cual rige el uso de un Dominio Aprobado.

1.2.     “.CO Fundadorâ€: Solicitante cuya Solicitud para el Programa ha sido aprobada por el Administrador, quien ha suscrito el Contrato del Programa y se encuentra ejecutando cabalmente sus obligaciones bajo el Programa.

1.3.     “Dominio Aprobadoâ€: un Dominio .CO, objeto de una determinada Solicitud, que ha sido aprobado por el Administrador para formar parte del Programa.

1.4.     “Dominio .COâ€: nombre de dominio en el dominio de nivel superior .CO.

1.5.     “Formulario de Solicitudâ€: el Formulario de Solicitud para .CO Fundadores publicado en la siguiente URL: http://www.cointernet.com.co/COfundadores

1.6.     “Plan Propuestoâ€: propuesta de plan de desarrollo, uso y mercadeo de un Dominio .CO presentada al Administrador por el Solicitante, tal y como aparece en la Solicitud y en cualquier material adicional o en la correspondencia relacionada con ésta.

1.7.     “Proceso de Solicitudâ€: el proceso integral de solicitud y aprobación de nombres de dominio bajo el Programa, incluidos, pero no limitados a, la preparación y presentación de las Solicitudes por parte de los Solicitantes (incluido cualquier material complementario que pueda ser solicitado por el Administrador), cualquier comunicación cursada entre el Solicitante y el Administrador relacionada con el Programa, la revisión, consideración, aprobación o el rechazo de Solicitudes por parte del Administrador, y la suscripción del Contrato del Programa.

1.8.     “Registrador Acreditadoâ€: cualquier entidad acreditada por el Administrador para registrar los Dominios .CO.

1.9.      â€œRegistranteâ€: .CO Fundador quien ha registrado exitosamente un Dominio Aprobado ante un Registrador Acreditado.

1.10.  “Registroâ€: el registro de un Dominio Aprobado por parte de un .CO Fundador ante un Registrador Acreditado.

1.11.  “Sitio Web del .CO Fundadorâ€: sitio Web desarrollado por o a nombre de un .CO Fundador utilizando el Dominio Aprobado, mismo que fuera objeto de la Solicitud del .CO Fundador.

1.12.  “Solicitudâ€: la información, respuestas y propuestas contenidas en el Formulario de Solicitud presentado al Administrador, así como cualquier información subsiguiente, correspondencia o materiales complementarios presentados al Administrador en relación con ésta, con el propósito de lograr la aprobación para participar en el Programa por parte del Administrador.

1.13.  “Solicitanteâ€: cualquier interesado, ya sea una persona natural o jurídica, que presente una Solicitud para participar en el Programa.

1.14.  “Término de la Licenciaâ€: período (generalmente por lo menos 2 años) durante el cual el Administrador permite que el .CO Fundador haga uso de un Dominio Aprobado en el marco del Programa, tal y como lo determine el Administrador para cada caso.

1.15.  “Términos y Condicionesâ€: la totalidad de los términos y condiciones aplicables al Programa, incluidos aquellos establecidos en el presente documento, en el Contrato del Programa y en el Formulario de Solicitud, todos los cuales estarán sujetos a eventuales modificaciones por parte del Administrador, a su entera discreción.

2. VISIÓN GENERAL DEL PROGRAMA

El siguiente resumen presenta brevemente los diversos pasos que conducen al Registro de un Dominio Aprobado en el marco del Programa:

(a)   Presentación de la Solicitud: Los Solicitantes presentan las Solicitudes diligenciadas de conformidad con los Términos y Condiciones a más tardar el 15 de junio de 2010. Con la presentación de la Solicitud, los Solicitantes se obligan a cumplir con y a regirse por los Términos y Condiciones.

(b)   Revisión y evaluación de la Solicitud: el Administrador revisa que la Solicitud cumpla con todos los criterios del Programa y evalúa la medida en la que el Plan Propuesto contribuirá a robustecer a la Comunidad .CO.

(c)   Aprobación: El Administrador aprueba aquellas Solicitudes que considera que más se ajustan a las necesidades y características del Programa.

(d)   Suscripción del Contrato del Programa: Los Solicitantes cuyo dominio haya sido aprobado suscriben el Contrato del Programa y se convierten en .CO Fundadores, lo cual les permite obtener la licencia del Dominio Aprobado por el Término de Licencia.

(e)   Desarrollo, lanzamiento y Operación del Sitio Web: Los .CO Fundadores desarrollan, lanzan y operan sus Sitios Web de conformidad con los Términos y Condiciones.

(f)    Registro: Se otorga la oportunidad a los .CO Fundadores que hayan concluido exitosamente el Programa de registrar su(s) Dominio(s) Aprobado(s) a través de un Registrador Acreditado de su preferencia (se aplicarán las tarifas de registro establecidas), convirtiéndose así en el Registrante oficial del Dominio .CO correspondiente.

3. OBLIGACIONES DE LOS SOLICITANTES Y DE LOS .CO FUNDADORES

3.1.     Todos los costos y gastos incurridos por el Solicitante relacionados con el Proceso de Solicitud y/o su participación en el Programa como .Co Fundador serán sufragados exclusivamente por el Solicitante/.CO Fundador. El Administrador no se hará responsable de ninguno de los citados costos o gastos ni tampoco estará obligado a reembolsar al Solicitante/.CO Fundador ninguno de éstos. Los .CO Fundadores deberán asegurarse de cumplir con todos y cada uno de los requisitos aplicables al Registro de un Dominio .CO.

3.2.     Cada .CO Fundador: (a) deberá desplegar sus mayores esfuerzos para lanzar el Sitio Web de .CO Fundador dentro de los 30 días siguientes a la suscripción del Contrato del Programa y, en cualquier caso, antes del 20 de julio de 2010; (b) deberá emitir un comunicado de prensa anunciando el lanzamiento del Sitio Web de .CO Fundador, cuyo contenido deberá ser aprobado por el Administrador, quien no deberá negar, condicionar o demorar dicha aprobación irrazonablemente; (c) mantener el Sitio Web .CO Fundador funcionando correctamente, con contenidos únicos, relevantes y significativos, interfaces amigables al usuario y, amplio atractivo para los usuarios durante la vigencia del Término de la Licencia; (d) mercadear y promover proactivamente el Sitio Web .CO Fundador y el Dominio Aprobado de forma tal que genere amplia conciencia acerca de su existencia, con base en las mejores prácticas en la industria; (e) presentar los informes de avance correspondientes al Administrador sobre los logros alcanzados y el cumplimiento de los Términos y Condiciones cada tres meses durante el Término de la Licencia (y en cualquier otro momento en el que el Administrador así lo solicite) en el formato expresamente designado a aprobado por el Administrador; (f) participar conjuntamente con el Administrador en las iniciativas de mercadeo conjunto que consideren y acuerden mutuamente, dadas las circunstancias particulares de cada Solicitante; y, (g) otorgar al Administrador el derecho de establecer un vínculo con el Sitio Web .CO Fundador y de emplear, de buena fe, su nombre, imagen, marcas registradas, logos y contenidos de los Aplicativos (exceptuada la Información Confidencial, tal y como se define más adelante), así como cualquier otra información o contenidos mutuamente acordados, en los materiales de mercadeo, promoción o divulgación del Administrador. Se considerará que un gasto anual de US$15,000, aunque no sea obligatorio, satisfará las necesidades contempladas en el literal (d) de este numeral.

4. RESERVA DE DERECHOS

El Administrador no se encuentra obligado a aprobar ninguna Solicitud ni a suscribir Acuerdos de Programa con ninguno de los Solicitantes. Asimismo y sin limitación alguna, el Administrador, a su entera discreción, se reserva el derecho de, pero no está obligado a: (a) solicitar clarificación o información adicional respecto de cualquier Solicitud; (b) revocar la aprobación de una Solicitud por cualquier razón antes de la suscripción de un Acuerdo de Programa entre el Administrador y un Solicitante; (c) remediar cualquier error técnico que pudiera presentar el Formulario de Solicitud o el Proceso de Solicitud; (d) negociar, modificar y/o no exigir el cumplimiento de cualquier temática vinculada con el Programa a todos, ninguno o cualquiera de los Solicitantes, incluidos, pero no limitados a, el Proceso de Solicitud, el Contrato del Programa, los Términos y Condiciones y/o los derechos del Administrador bajo el Programa; (e) reemplazar un Solicitante por otro Solicitante en caso de que quien recibiera la aprobación inicial no suscriba el Contrato del Programa o, si la participación de dicho Solicitante en el Programa se da por terminada (bien sea antes o después de convertirse en un .CO Fundador); y, (f) rechazar cualquiera o todas las Solicitudes por cualquier o ninguna razón aparente y licenciar, vender, transferir, registrar u otorgar derechos sobre cualquier Dominio .CO a cualquier persona, natural o jurídica, que no se encuentre participando en el Programa.

5. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOBRE POSIBLES CONTROVERSIAS

5.1.     Los Solicitantes reconocen y aceptan que el Administrador no brindará garantía alguna (tácita o expresa) respecto del Proceso de Solicitud, cualquier Dominio .CO u otros relacionados con este Programa, incluidas, pero no limitadas a, las garantías tácitas de comerciabilidad y adecuación para cualquier propósito particular. Sin que ello limite el alcance de lo anterior, el Administrador no brinda específicamente garantía alguna al Solicitante respecto de la posibilidad o de la probabilidad de que cualquiera de los siguientes hechos ocurran: (a) una objeción o denuncia acerca del legítimo derecho del Solicitante de obtener una licencia, usar y/o registrar un Dominio .CO (con base en la protección de derechos de propiedad intelectual o de otra naturaleza); y/o (b) la facilitación o autorización, directa o indirecta, a una persona natural o jurídica por parte del Administrador (en cumplimiento del Programa, entre otros) del uso y/o Registro de un nombre de dominio similar a un Dominio Aprobado o de un nombre de dominio para propósitos similares a, que compita con o que pueda generar confusiones respecto del uso propuesto o real de un Dominio Aprobado.

5.2.     El Administrador no está obligado a tomar determinación alguna sobre si (i) un Dominio Aprobado (o el uso que se de a éste) infringe o puede infringir  los derechos de cualquier persona natural o jurídica, o (ii) cualquier otro nombre de dominio (o el uso que cualquier persona natural o jurídica de a éste, incluido cualquier otro Solicitante) infringe o puede infringir los derechos de cualquier Solicitante. Es responsabilidad única de cada Solicitante verificar sus derechos o los derechos de otros sobre cualquier Dominio Aprobado. En consecuencia, todos los Solicitantes reconocen y aceptan que serán los únicos responsables ante cualquier conducta violatoria de los derechos de otros o de cualquier otra responsabilidad derivada de su licencia, uso y/o Registro de cualquier nombre de dominio. Sin perjuicio de lo anterior, el Administrador se reserva el derecho de  rescindir cualquier Contrato del Programa y la licencia otorgada mediante éste si determina que éste (y/o el uso de Dominio .CO correspondiente) infringe los derechos de propiedad intelectual o de cualquier otra naturaleza de una persona natural o jurídica. Con la mera presentación de la Solicitud, cada Solicitante reconoce y acepta expresamente que su participación en el Proceso de Solicitud y en este Programa no les confiere derecho o prioridad alguna respecto de cualquier Dominio .CO, independientemente de cualquier derecho de propiedad intelectual o de otra naturaleza que el Solicitante pueda tener.

6. PROCESO DE EVALUACIÓN

El Administrador revisará que las Solicitudes cumplan con los Términos y Condiciones y evaluará tanto la medida en la que considere que el Plan Propuesto contribuye a robustecer  a la comunidad .CO (particularmente en comparación con las otras Solicitudes para el mismo Dominio .CO), como la probabilidad de que el Solicitante pueda ejecutar exitosamente dicho Plan. Durante la revisión de las Solicitudes, el Administrador podrá tomar en cuenta todos los factores pertinentes, incluidos, pero no limitados a: (a) la experiencia del Solicitante, incluida la evidencia sobre el exitoso desarrollo y operación de sitios Web y/o negocios virtuales; (b) el Plan Propuesto; (c) la capacidades técnica y operacionales del Solicitante; y, (d) la situación financiera del Solicitante. Todas las decisiones relacionadas con el Programa se tomarán bajo la única y entera discreción del Administrador. Una vez que se haya aprobado una Solicitud, se exigirá al Solicitante que suscriba el Contrato del Programa. Tras la suscripción del Contrato del Programa por parte del Solicitante y del Administrador, se considerará al Solicitante como un .CO Fundador. El Administrador no estará obligado a enviar una comunicación o notificación de rechazo a aquellos Solicitantes cuyas Solicitudes no fueron aprobadas.

7. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN DE LA SOLICITUD

Cualquier información contenida en la Solicitud que el Solicitante considere, de buena fe, como confidencial deberá estar clara y expresamente identificada como tal (“Información Confidencialâ€). El Administrador considerará que la información contenida en la Solicitud no es de carácter confidencial, a menos que esté clara y expresamente identificada como tal. El mero señalamiento de que toda la información contenida en una Solicitud es considerada como confidencial no será suficiente y no será interpretado por el Administrador como fuente válida de una obligación de confidencialidad. Ninguna Solicitud podrá contener información considerada como secretos comerciales, profesionales o industriales. El Administrador no dará a conocer ni divulgará a terceras partes (incluidos otros Solicitantes, pero excluidos los Representantes del Administrador y de sus afiliadas que “deban conocer†para efectos de administrar el Programa o de proporcionar asesoría jurídica, financiera o empresarial al Administrador), salvo en los casos específicamente previstos en la legislación aplicable, la Información Confidencial contenida en una Solicitud. Sin perjuicio de lo anterior, no se considerará, bajo ninguna circunstancia, como Información Confidencial que la información pública, la identidad del Solicitante, el Dominio .CO solicitado o la descripción resumida del Plan Propuesto. En caso de que el Administrador reciba múltiples Solicitudes que contengan Planes Propuestos similares, el Administrador no estará obligado a informar a tales Solicitantes acerca de dichas similitudes, a tomar ninguna otra acción respecto de éstas o adscribir cualquier significado en particular a la existencia de éstas.

8. RESTRICCIONES

No serán elegibles para este Programa los Dominios .CO para los cuales se haya registrado un tercer nivel equivalente en o antes del 30 de julio de 2008 (por ejemplo, xyz.com.co) y que se encontraban activos el 1 de marzo de 2010,ni aquellos dominios incluídos en la lista de dominios restringidos.. La licencia otorgada a los .CO Fundadores para el uso de un Dominio Aprobado no podrá ser cedida, transferida o vendida a un tercero, excepto cuando esté ligada a la venta de prácticamente la totalidad del patrimonio o de los activos del .CO Fundador y sólo si el adquirente se obliga expresamente y por escrito a honrar todos los Términos y Condiciones y el Contrato del Programa. Ningún Dominio Aprobado podrá ser usado para los siguientes fines: (a) “typosquatting†(ciberocupación basada en errores tipográficos) u otros fines engañosos o de manipulación dirigidos a beneficiarse del tráfico mal direccionado o no intencionado en Internet o, en cualquier caso, infringir los derechos de otros; (b) pornografía; (c) apuestas; (d) desacreditar o menospreciar al dominio de nivel superior .CO, al Gobierno de Colombia (incluidas todas sus agencias), al Administrador, a sus afiliadas o a sus propietarios, oficiales, directores, miembros, gerentes, empleados, agentes, proveedores de servicios y representantes; y/o (e) promover la violencia o la intolerancia (racial, religiosa, sexual, de género, creencias o afiliación política) y/o actividades ilícitas de cualquier naturaleza.

9. ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES

Con la presentación de la Solicitud, el Solicitante se obliga a cumplir con los Términos y Condiciones y declara y garantiza que ha leído y que comprende los Términos y Condiciones.

10. EXENCIÓN DE GARANTÃAS

EL ADMINISTRADOR DESCONOCE EXPRESAMENTE LAS GARANTÃAS DE TODO TIPO, SEAN ESTAS TÃCITAS O EXPRESAS, INCLUIDAS, PERO NO LIMITADAS A: (A) LAS GARANTÃAS tácitas de comerciabilidad y adecuación para CUALQUIER PROPÓSITO PARTICULAR Y DE CUMPLIMIENTO; (B) CUALQUIER GARANTÃA DE QUE UN DOMINIO .CO O CUALQUIER ASPECTO DEL PROGRAMA (INCLUIDO, PERO NO LIMITADO A, LA SOLICITUD Y EL PROCESO DE SOLICITUD) SATISFARà LAS NECESIDADES DEL SOLICITANTE, O DE QUE EL PROCESO DE SOLICITUD Y/O EL ACCESO A O EL USO DE UN DOMINIO .CO SERà SIEMPRE ININTERRUMPIDO, OPORTUNO, SEGURO Y LIBRE DE ERRORES; (C) CUALQUIER GARANTÃA DE DESEMPEÑO SOBRE LOS REUSLTADOS QUE PUEDAN OBTENERSE DE LA PARTICIPACIÓN EN LA TOTALIDAD O PARTE DEL PROGRAMA; Y, (D) CUALQUIER GARANTÃA SOBRE LA VERACIDAD O CONFIABILIDAD DE LA INFORMACIÓN OBTENIDA A TRAVÉS DE LOS SITIOS WEB DEL ADMINISTRADOR. NINGUNA ASESORÃA O INFORMACIÓN, SEA ÉSTA ORAL, ESCRITA O VIRTUAL, OTORGADA POR EL ADMINISTRADOR A UN SOLICITANTE U OBTENIDA POR ÉSTE A TRAVÉS DE UN SITIO WEB DEL ADMINISTRADOR GENERARà NINGÚN TIPO DE GARANTÃA QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE CONSIGNADA EN ESTE DOCUMENTO.

11. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

EL ADMINISTRADOR, SUS AFILIADAS O SUS REPSECTIVOS PROPIETARIOS, OFICIALES, DIRECTORES, GERENTES, EMPLEADOS, AGENTES, PROVEEDORES DE SERVICIOS O REPRESENTANTES NO SE HARÃN, EN NINGÚN CASO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, RESPONSABLES POR CUALQUIER DAÑO DIRECTO, INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL, EMERGENTE, PUNITIVO O EJEMPLAR, POR LA PÉRDIDA DE BENEFICIOS, USO, DATOS U OTROS INTANGIBLES, O POR EL COSTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES O SERVICIOS SUSTITUTOS RELACIONADOS CON O DERIVADOS DEL O DE PARTE DE ESTE PROGRAMA, AÚN CUANDO EL ADMINISTRADOR HAYA SIDO ADVERTIDO SOBRE LA POSIBILIDAD DE QUE ÉSTE SE PRESENTE. SIN QUE ELLO LIMITE EL ALCANCE DE LO ANTERIOR, EL ADMINISTRADOR RECHAZA EXPRESAMENTE CUALQUIER RESPONSABILIDAD DERIVADA DE: (A) LA CONDUCTA DE O LA PARTICIPACIÓN DE UN SOLICITANTE EN EL PROCESO DE SOLICITUD; (B) LA NO ENTREGA O LA ENTREGA INCORRECTA DE LA INFORMACIÓN CURSADA ENTRE EL SOLICITANTE Y EL ADMINISTRADOR; (C) el procesamiento, revision, CONSIDERación, APROBACIÓN Y/O RECHAZO DE UNA SOLICITUD POR PARTE DEL ADMINISTARDOR; (D) EL PROCESAMIENTO, REGISTRO Y/O PÉRDIDA DEL REGISTRO DE CUALQUIER DOMINIO .CO; (F) LAS CONTROVERSIAS SOBRE EL REGISTRO DE NOMBRES DE DOMINIO, INCLUIDAS LAS DECISIONES DERIVADAS DE CUALQUIER PROCESO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS; (G) ERRORES, OMISIONES O DECLARACIONES IMPRECISAS O INCORRECTAS; Y/O (H) LOS CASOS FORTUITOS Y DE FUERZA MAYOR, INCLUIDOS, PERO NO LIMITADOS A, LA MANO DE DIOS, EL INCENDIO, LA ESCASEZ DE MANO DE OBRA O DE INSUMOS, LAS INCLEMENCIAS CLIMÃTICAS, LA INSURRECCIÓN, EL TERRORISMO Y LOS ACTOS DE GOBIERNO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, LA RESPONSABILDAD MÃXIMA DEL ADMINISTRADOR ANTE ALGÚN SOLICITANTE O .CO FUNDADOR RELACIONADA CON O DERIVADA DEL PROGRAMA NO PODRà SUPERAR, BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, LA SUMA DE CINCUENTA (50) DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA.

12. LEGISLAGIÓN APLICABLE; CLÃUSULA ARBITRAL.

Los Términos y Condiciones se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación del Estado de Nueva York, USA, sin tomar en consideración las disposiciones relativas a la competencia jurisdiccional o al conflicto de leyes. Toda controversia derivada de o relacionada con el Contrato del Programa, incluidas las solicitudes de cumplimiento, deberán resolverse a través de un arbitraje vinculante (en derecho) sujeto a las disposiciones contenidas en esta Sección y de conformidad con las reglas de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (“CCIâ€). El arbitraje se desarrollará en el idioma inglés o español y se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, Colombia. El tribunal arbitral contará con tres árbitros: cada una de las partes designará a un árbitro, quienes, a su vez, deberán designar al tercer árbitro. En caso de que los árbitros no lograran designar, de común acuerdo, al tercer árbitro, éste será nombrado por la CCI. Las partes sufragarán todos los costos y gastos derivados de o relacionados con el arbitraje por partes iguales e independientemente los de sus asesores jurídicos, sin perjuicio de la potestad de los árbitros de determinar la proporción en que dichos costos y gastos deberán distribuirse entre las partes, de conformidad con el Reglamento de la CCI. Los árbitros deberán dictar el laudo arbitral dentro de los noventa (90) días siguientes al inicio del proceso arbitral. Las Partes podrán solicitar la ejecución del laudo arbitral ante cualquier Corte o Tribunal competente. Finalmente, las Partes podrán, con el ánimo de facilitar el arbitraje y/o de salvaguardar sus derechos durante el proceso arbitral, solicitar al Tribunal Arbitral o a la autoridad judicial competente en la ciudad de Bogotá, Colombia, la adopción de medidas cautelares, incluida la constitución de las garantías pertinentes, sin que ello represente o constituya una renuncia a la presente cláusula arbitral.

13. EXENCIONES

Ninguna omisión o demora por parte del Administrador de ejercer cualquiera de sus facultades, derechos o privilegios, o de interponer un recurso en el marco de este Programa podrá interpretarse como una renuncia a tal facultad, derecho, privilegio o recurso; y, el ejercicio o la renuncia parcial a ejercer tales facultades, derechos, privilegios o recursos no impedirá en forma alguna el futuro o renovado ejercicio de tales u otras facultades, derechos, privilegios o recursos. No se considerará, bajo ninguna circunstancia, que el Administrador haya renunciado a reivindicación alguna relacionada con o derivada del Programa, o a ejercer tales facultades, derechos, privilegios o recursos bajo estos Términos y Condiciones, a menos que la renuncia a tal reivindicación, facultad, derecho, privilegio o recurso conste expresamente y por escrito en un documento debidamente suscrito por el Administrador; y, tal renuncia sólo se aplicará o tendrá efecto para el caso específico en el que se otorgó.  

14. INTEGRALIDAD

Los Términos y Condiciones representan o constituyen la integralidad de los acuerdos entre el Administrador y los .CO Fundadores en relación con el Programa y, sustituye y reemplaza cualquier acuerdo, declaración, entendimiento, negociación propuesta o emprendimientos previos, verbales o escritos, relacionados con éste.

15. MODIFICACIONES; LINEAMIENTOS; APLICABILIDAD

El Administrador podrá, pero no está obligado a, emitir, publicar y/o distribuir lineamientos interpretativos entre los Solicitantes o a través de su sitio Web respecto del Programa y de sus Términos y Condiciones. El Administrador podrá modificar cualquier aspecto del Programa, incluidos sus Términos y Condiciones, ocasionalmente, las cuales entrarán en vigor a partir del momento de su publicación en el sitio Web oficial del Administrador. El hecho de que cualquier disposición contenida en los Términos o Condiciones sea declarada nula o inexigible por cualquier razón, no invalidará ni menoscabará la exigibilidad de las demás disposiciones allí contenidas. En dicho caso, el Administrador sustituirá las disposiciones inválidas o inexigibles por disposiciones exigibles que reflejen o se aproximen a la voluntad o intencionalidad originales del Administrador.